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Por: Hernán Albizu
Titular de la oficina de Defensa al Consumidor


El servicio público de gas está regulado en todo el país –de manera uniforme– por el estado nacional. Hasta la fecha, no está definido el momento en que efectivamente se realizará la quita del subsidio a la población del interior del país.
Lo que sí se puede adelantar es que los vecinos verán cambios significativos en la facturación, vinculados al llamado cargo por consumo de gas importado, aunque esto no implica todavía la quita del subsidio.
Este cargo, que lo verán en su factura todos los usuarios, incide en mayor medida en la facturación de un 35 o 40% de los mismos (aquellos que tienen el nivel de consumo más alto en las escalas de facturación dispuestas: categorías R3-3 y R3-4). El 60 o 65% restante, si bien lo apreciará en las facturas no lo sentirá tanto en el valor económico del servicio.

Cargo repartido

En las facturas próximas a llegar a los vecinos verán que el mencionado cargo se prorrateará en las 6 facturas anuales del servicio. Esto se hace porque el cargo de gas importado tiene principal influencia en los bimestres donde las temperaturas son mas bajas. Entre los meses de mayo y septiembre es donde se concentra el consumo de gas por la utilización que la población hace del mismo para calefaccionarse. Si el cargo se cobrara por el consumo de esos bimestres, haría muy difícil el pago de las facturas que se vayan a recibir en esa parte del año.
Entonces, para atenuar el impacto de la quita de subsidios (fundamentalmente en las escalas de mayor consumo) lo que se dispuso es repartir el importe o costo del mismo en 6 veces (las 6 facturas que se emiten durante el año).
La forma elegida para el prorrateo es la siguiente; se tomará como referencia la cantidad de metros cúbicos consumidos durante el año anterior (los seis bimestres anteriores a la medición), se multiplican por el importe que se cobra por el cargo de gas importado y se divide por seis.

Reajuste

Pasados seis meses, puede ocurrir que el usuario haya consumido más o menos metros cúbicos que el período tomado como base para cobrarle cargo. Allí se hará un reajuste cobrándole el excedente o devolviendo el mismo si es a favor del usuario.
No obstante la explicación dada hasta aquí, vale repetir que en la próxima facturación del servicio de gas en Trenque Lauquen (la que estaremos recibiendo en estos días), el subsidio seguirá estando vigente, aunque se encuentren diferencias en la forma de facturar el cargo por consumo de gas importado.

Sin cambios

Aquellas personas que en su momento hayan pedido que se las exceptúe de la facturación del consumo de gas importado van a seguir recibiendo sus facturas sin ese concepto.
Para aquellos que hoy no están incluidos, se repartirá una declaración jurada junto con la factura, donde el estado nacional pedirá a los usuarios que informen (dentro de un lapso de 30 días) si consideran que deben continuar recibiendo el subsidio aplicado a su servicio. En caso de no haber respuesta el estado procederá a llevar adelante la quita del subsidio.

Medida cautelar

Si bien es recomendable que todos aquellos que necesiten seguir pagando la tarifa con subsidio sigan los pasos indicados y realicen el trámite para estar exceptuados de pagar la tarifa plena, vale recordar que está vigente la medida cautelar dispuesta por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en los autos "Defensor del Pueblo de la Nación - Inc. Med. C/ Dto. 2067/08 - Mº Planificación - Resolución Nº 1451/08 y otro s/ Proceso de Conocimiento" (cargo tarifario gas), resuelto en fecha 10 de septiembre de 2009, con carácter provisional y hasta tanto recaiga sentencia definitiva, que el ENARGAS debe instruir a las licenciatarias del servicio a que permitan que los usuarios afectados por el cargo tarifario puedan abonar las facturas excluyendo el mismo y en caso de la falta de pago del cargo las empresas se abstengan de suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas.

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